Sala admite controversia sobre decreto legislativo 661 de Ley de Emergencia

La Sala de lo Constitucional de Corte Suprema de Justicia (CSJ) admitió la controversia entre el Ejecutivo y la Asamblea Legislativa sobre el artículo 661 que contiene la Ley de Emergencia y fases de reapertura en torno a la pandemia del Covid-19, el cual fue vetado por el Presidente Nayib Bukele por considerarlo inconstitucional.
“Admítase a trámite la controversia constitucional comunicada por el Presidente de la República, en relación con la supuesta inconstitucionalidad de los artículos 16 y 17 del Decreto Legislativo número 661, aprobado el 12 de junio de 2020, que contiene la Ley Especial de Emergencia por la Pandemia COVID-19, Atención Integral de la Vida, la Salud y Reapertura de la Economía, por la supuesta violación de los artículos 1, 65, 66 y 86 inciso 1° de la Constitución”, se lee en la resolución del máximo tribunal.
La Sala da 10 días para escuchar los argumentos de ambas partes los cuales son contados a partir de la notificación de esta resolución.
Bukele basa la inconstitucionalidad en los artículos 16 y 17 de la mencionada ley, los cuales argumenta violan los artículos 65, 66 y 86 inc. 1° de la Constitución porque invaden las competencias del Ministerio de Salud, que forma parte del Órgano Ejecutivo, debido a que prevén la reapertura económica sin tomar en cuenta los criterios técnicos y potestades de dicho ente.
Según Bukele también se violan los artículos constitucionales 1, 65 inc. 1° y 66, ya que la reapertura regulada por la Asamblea Legislativa carece de los criterios técnicos emitidos por el ente competente para ello, de manera que no es compatible con las medidas sanitarias y de seguridad que requiere la pandemia por la COVID-19.
El 25 de junio, Bukele envió el veto a la Asamblea y pidió a los diputados un nuevo proyecto de ley de excepción por 15 días para suspender el libre tránsito, de reunión y de cuarentena estricta. Los diputados superaron el veto con mayoría calificada (61 votos).
Para hacer el análisis los magistrados analizarán el proceso de formación de la ley, las diferencias entre observaciones y veto presidencial, las fases de la controversia constitucional además de la procedencia de la controversia planteada.