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Nacionales

Asamblea establece condenas de hasta 25 años por desaparición forzada

Con 65 votos los diputados de la Asamblea Legislativa aprobaron la reforma del Código Penal para penalizar el delito de Desplazamiento Forzada con penas entre 15 y 25 años de prisión.

Con las reformas de este miércoles, en la sesión plenaria ordinaria número 76 de la Asamblea Legislativa se reformó el Código Penal en el artículo 129, numeral 9, en el que se reconoce como delito el dificultar el descubrimiento del cadáver de una persona desaparecida.

“Estamos reformando hoy e incorporando agravantes a los artículos para hacer un delito más grave e impedir que se cometa. Estamos aumentando la pena para que cuando sean cometidos con la intervención del Estado que involucra agentes de la autoridad y tengan una consecuencia de altas penas”, dijo el diputado del FMLN, Javier Valdez.

Valdez explicó que esta es la segunda etapa de reformas al Código Penal, ya que el pasado 31 de octubre el Pleno legislativo aprobó modificaciones del artículo 148-A y se estableció como delito la desaparición de personas.


Con 68 votos los diputados aprobaron la reforma del Código Penal para penalizar el delito de Desplazamiento Forzada con penas entre 15 y 25 años de prisión.

También se reformo el artículo 364 en el que se penaliza con 15 a 25 años de prisión a cualquier empleado público o agente de seguridad que esté vinculado en el cometimiento de la desaparición forzada de persona.

Por su parte, el diputado de ARENA, Rodrigo Ávila aseguró que hay una deuda en este tema, ya que se debe realizar un archivo de ADN para resguardar e identificar a las víctimas de la desaparición forzada que no se logre identificar el cuerpo.

Veto Presidencial

En otros temas la Asamblea Legislativa recibió el veto presidencial en cuanto a la reforma de los artículos del Código Electoral 28, 29,30 y 153, en el que se buscaba una depuración del padrón electoral.

Nayib Bukele sostuvo que se viola los principios de democracia, pluralismo, publicidad, contradicción libre debate y discusión reconocidos en los artículos 85 y 135 de la Constitución de la República, por lo que se establece una inconstitucionalidad de parte del Ejecutivo.  

Anabel Belloso del FMLN y que pertenece a la Comisión de Asuntos Electorales aseguro que el veto presidencial no tiene justificación ni argumento. “Lo que se está planteando es que no fue debatido ni consultado el decreto de las reformas y aquí cabe la aclaración que esta reforma proviene de una petición del Tribunal Supremo Electoral, no compartimos ese criterio de que es inconstitucional”, dijo Belloso.

Préstamo Bandesal

Por otro lado, la Asamblea Legislativa aprobó con 73 votos a favor un préstamo de hasta 20 millones de dólares para el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), para financiar el programa de Préstamo Global de Crédito para financiamiento de eficiencia energética para pequeñas y medianas empresas.

Anabel Belloso, del Grupo Parlamentario del FMLN afirmó, que están aprobando a BANDESAL una figura de fiador de este préstamo, y que es para contribuir a un sector que más genera empleo, la mediana y pequeña empresa.

Por su parte, Guillermo Gallegos dijo que este es el primer préstamo que el BID está dando en materia en energía renovable. Lo más importante que destacó es que va dirigido a la pequeña y mediana empresas que están empezando, y lleva como objetivo principal buscar reducir el consumo de energía.

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