Avalan prohibir conciliaciones, nuevo delito y endurecer penas por tragedias viales

Los diputados de la Comisión de Seguridad Nacional y Justicia aprobaron este martes por unanimidad tres dictámenes para reformar el Código Penal, el Código Procesal Penal y la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial. El objetivo es crear un nuevo delito, endurecer las sanciones por conducción peligrosa y evitar que los casos con víctimas se resuelvan mediante acuerdos entre las partes.
La propuesta fue expuesta por el fiscal general, Rodolfo Delgado, quien señaló que las reformas responden a tragedias viales, entre ellas las recientes que involucraron vehículos de carga en el redondel Integración y en tramo de Los Chorros y buscan prevenir más muertes y lesiones en las carreteras del país.
Principales cambios en las sanciones
Las reformas al Código Penal establecen penas de dos a cinco años de prisión por conducción peligrosa cuando se conduzca bajo los supuestos regulados, entre ellos consumir alcohol en cualquier cantidad, manejar bajo la influencia de drogas que reduzcan las facultades para conducir, disputar la vía en carreteras sin autorización y conducir autobuses y vehículos sin estar autorizado o con una licencia que no corresponda a ese tipo de transporte (esta cuarta es la que se introduce).
Cuando se trate de conductores de autobuses o vehículos de carga que incurran en esas conductas, las penas serán de cinco a 10 años de prisión.
Si la conducción peligrosa ocasiona homicidio culposo o lesiones culposas, las penas podrán alcanzar hasta 10 años de prisión y hasta 15 años cuando el responsable conduzca un vehículo de transporte colectivo o de carga. Además, la persona condenada perderá el derecho a conducir durante el mismo período de la pena.
Otra de las novedades es la incorporación del delito de entregar un autobús o un vehículo de carga de ocho toneladas o más a una persona que no tenga la licencia requerida. El propietario, poseedor o encargado que lo permita enfrentará de cinco a 10 años de prisión. Si el conductor causa heridos o muertos, la pena aumentará en un tercio del máximo. El dueño y el conductor también responderán solidariamente por los daños y perjuicios.
Prohibición de conciliaciones y cambios en la investigación
Las reformas al Código Procesal Penal impedirán la conciliación y la mediación en los casos de homicidio o lesiones culposas derivados de conducción peligrosa, así como en el nuevo delito de facilitar vehículos a personas no habilitadas. Tampoco podrá alegarse la reparación del daño como mecanismo para terminar esos procesos.
Además, las lesiones culposas causadas al conducir dejarán de depender de una petición de la víctima para su persecución penal, por lo que la Fiscalía General de la República podrá investigarlas de oficio.
La reforma también establece que el delito de conducción peligrosa se consuma con la conducta, sin necesidad de que ocurra un accidente o haya personas lesionadas. El consumo de alcohol o drogas podrá probarse mediante cualquier medio legal, y los resultados de pruebas de aliento, sangre y toxicológicas serán valorados por los jueces conforme a las reglas de la sana crítica.
Controles al transporte
Las modificaciones a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial incorporarán mecanismos de control y supervisión para las distintas modalidades de transporte, con participación de la Policía Nacional Civil y los inspectores del Viceministerio de Transporte.
Según la iniciativa, los gestores e inspectores de Tránsito tendrán la facultad legal de ordenar la retención preventiva y administrativa de vehículos automotores y documentos de tránsito cuando representen un peligro para la población como en los casos de desperfectos mecánicos por llantas en mal estado o sistema de luces defectuoso en vehículos del transporte de carga y transporte colectivo mayores a ocho toneladas.
El objetivo es retirar de circulación vehículos y conductores que representen un riesgo para la población, así como reforzar la supervisión de las condiciones de las unidades y las autorizaciones para conducirlas.
Dictámenes aprobados por unanimidad
Al cierre de la sesión, los diputados aprobaron por unanimidad de los tres dictámenes favorables:
– Dictamen n.º 34: reforma al Código Procesal Penal, para modificar los artículos relativos al ejercicio de la acción penal previa instancia particular y las causales de extinción de la acción penal por mediación o conciliación. La comisión también ordenó incorporar una modificación a la pieza de correspondencia para excluir las lesiones culposas cometidas mediante conducción peligrosa de vehículos automotores de las disposiciones señaladas.
– Dictamen n.º 35: reforma al Código Penal para ampliar la regulación del delito de conducción peligrosa de vehículos automotores.
– Dictamen n.º 36: reforma a la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial para incorporar mecanismos de control y supervisión del transporte en sus diferentes tipologías y modalidades, bajo un enfoque que priorice la seguridad vial y la movilidad de las personas.
«Su propósito es uno solo: prevenir y reducir los siniestros viales que cuestan vidas en nuestras calles. La conducción peligrosa sigue siendo un grave riesgo para la seguridad de todos», concluyó Delgado.


