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Nacionales

CCR iniciará emisión de constancias electorales 2027 este jueves

La Corte de Cuentas de la República (CCR) iniciará este jueves 1 de octubre el periodo para solicitar las constancias electorales requeridas por los ciudadanos que aspiran a cargos de elección popular en los comicios de 2027. El plazo para presentar las solicitudes se mantendrá hasta el 11 de noviembre de este año, informó la institución este martes.

La CCR también implementará el Sistema de Constancias Electorales, una herramienta tecnológica que permitirá gestionar la emisión de estos documentos en un plazo máximo de ocho días, contados a partir del ingreso de la petición y los datos requeridos en la plataforma.

El presidente de la CCR, Walter Salvador Sosa, presentó el sistema en nombre del Organismo de Dirección de la institución, con la presencia de los magistrados Julio Guillermo Bendek y José Rodrigo Flores.

“Más que un sistema informático, es un mecanismo diseñado para darle trazabilidad, transparencia, seguridad y agilidad a un proceso que tiene una importancia especial para nuestra democracia: la revisión del estado de quienes aspiran a ocupar un cargo de elección popular”, afirmó Sosa.

Constancia requerida para la inscripción

Según la CCR, el Código Electoral establece que los candidatos deben presentar ante el Tribunal Supremo Electoral (TSE) la certificación o constancia correspondiente, firmada por el presidente de la Corte de Cuentas, para determinar si existe o no una sentencia ejecutoriada pendiente de pago al momento de realizar la solicitud.

La institución señaló que el TSE convocará este 30 de septiembre a los ciudadanos y partidos políticos a participar en las elecciones de presidente, vicepresidente, diputados a la Asamblea Legislativa, alcaldes y concejos municipales, previstas para el 28 de febrero del próximo año, de acuerdo con el calendario electoral.

“Nuestra responsabilidad es clara: hacer esa revisión con rigor técnico, con independencia y con apego a la ley”, recalcó Sosa.

Requisitos para solicitarla

La CCR detalló que la solicitud podrá realizarla directamente la persona interesada en inscribirse como candidata o candidato a un cargo de elección popular. También podrá presentarla un apoderado, representante o autorizado expresamente para actuar en representación de uno o varios ciudadanos.

De igual manera, podrán efectuar el trámite los representantes legales de partidos políticos o coaliciones, sus apoderados o autorizados expresamente, previa acreditación de la calidad en la que intervienen.

Los solicitantes deberán contar con la información requerida en el formulario, incluidos sus datos de identificación y contacto, así como información relacionada con la candidatura, el cargo al que aspiran, el partido político, coalición o candidatura no partidaria y la circunscripción correspondiente, cuando aplique.

También deberán disponer de su Documento Único de Identidad vigente y legible, por ambos lados, y presentarlo en formato PDF y ampliado al 150 %.

Una vez ingresados los datos, el sistema generará un número de expediente único que permitirá dejar trazabilidad de cada actuación y servirá para verificar y dar seguimiento al proceso.

Revisión interna de las solicitudes

Aunque la solicitud se realizará mediante el sistema habilitado, la CCR explicó que la emisión de cada documento comprende varias etapas y filtros internos.

El proceso involucra a las Cámaras de Primera Instancia, la Secretaría de la Cámara de Segunda Instancia, la Coordinación General Jurisdiccional y la Secretaría Técnica.

Las siete Cámaras de Primera Instancia realizarán la revisión correspondiente, con participación de los secretarios de actuaciones, colaboradores jurídicos y jueces de cuentas.

Una vez obtenidos los resultados, la Coordinación General Jurisdiccional efectuará la revisión correspondiente. Posteriormente, una comisión designada por el Organismo de Dirección realizará una verificación adicional antes de que el resultado llegue a la firma del presidente de la entidad fiscalizadora superior.

“Es decir, el mensaje es claro: no estamos hablando de una simple revisión superficial ni tampoco de una decisión de una sola persona. Estamos hablando que por primera vez en la historia de la Corte de Cuentas de la República, vamos a tener de un proceso institucional, técnico, transparente, razonable y trazable, en el cual van a participar diferentes niveles de revisión, precisamente para garantizar la confiabilidad del resultado”, enfatizó Sosa.

Las personas interesadas podrán realizar la solicitud mediante el sistema informático habilitado por la CCR, al que podrán ingresar a través de un código QR. También podrán efectuar el trámite de manera presencial en la sede central de la institución, donde habrá personal para ayudar a los usuarios a ingresar sus datos en los módulos informáticos habilitados exclusivamente para este propósito.

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