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Judiciales

Fiscalía en contra de dictamen del juez de anular la sentencia contra Rodil Hernández y Nelson Rauda

La Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro, resolvió anular la sentencia absolutoria a favor de Rodil Hernández y Nelson Rauda, ex Directores de Centros Penales

La Fiscalía General de la República (FGR) informó esta mañana que la Cámara Primera de lo Penal de la Primera Sección del Centro resolvió, a raíz del recurso de apelación presentado por la Fiscalía General, anular la sentencia absolutoria a favor de Rodil Hernández y Nelson Rauda, ex Directores de Centros Penales.

El representante de la Fiscalía dijo que: “El tribunal se ha basado porque no existe legislación que desarrolle el uso de los fondos de las tiendas institucionales,  solo ha manifestado que existen los manuales o instructivos que la misma Dirección de Centros Penales ha elaborado para el uso de estos fondos, es decir el Director General de Centros Penales mandó a hacer instructivos a conveniencia para el uso de los fondos, únicamente existe el artículo 182 del reglamento de la Ley Penitenciaria  que desarrollaba la creación de las tiendas institucionales”.

Fiscal de la Unidad Especializada Antipandillas explicó que Tribunal 4o. de Sentencia ha absuelto a Nelson Rauda y Rodil Hernández debido a una  interpretación errónea de las declaraciones de testigos.

Sobre la pregunta de los periodistas de qué opina del fallo, el fiscal dijo que esperaran tener la sentencia para analizarla en su totalidad y valorar, “si a nuestro criterio se ha valorado de forma errónea  el testimonio de los testigos que han venido a declarar a vista pública”.

El fiscal añadió que: “Ahorita la representación fiscal ha descubierto que ha analizado de forma incorrecta la declaración de un testigo, manifestando que éste recibió dinero de las tiendas institucionales para la labor de inteligencia, cuestión que no se manejó así en vista pública.  Así como también, el tribunal ha manifestado que la discrecionalidad de parte de los directores de centros penales para entregar dinero en concepto de viáticos y bonos de incrementos salariales no transgrede el ámbito penal más que una sanción administrativa. También ha hecho el tribunal uso de un documento del cual la representación fiscal ni la defensa introdujo al proceso”.

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