Gobierno excede sus facultades, dice Sala de lo Constitucional y exige respeto a la ley

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), es el «único tribunal competente para declarar la inconstitucionalidad de las leyes, decretos y reglamentos», así lo manda el Artículo 183 de la Constitución de la República de El Salvador, sin embargo el órgano Ejecutivo, encabezado por el Presidente Nayib Bukele, ha excedido sus facultades e invadido poderes que le corresponden a la Asamblea Legislativa.
Todo comenzó con la cuarentena domiciliar obligatoria impuesta por el Presidente Nayib Bukele, del 21 de marzo, la cual señalaba que las personas podían circular solamente si trabajaban en rubros autorizados o salían a comprar provisiones. De lo contrario, serían llevadas a cumplir cuarentena controlada por 30 días en instalaciones dispuestas por el Gobierno.
Un día después de que Bukele ordenara el «endurecimiento» de las acciones de la Policía y la Fuerza Armada para hacer cumplir la cuarentena, la Sala de lo Constitucional reiteró que las detenciones por no existir una ley al respecto y pidió pararlas hasta que la Asamblea Legislativa emitiera una ley en la que se establecieran claramente las causales para detención.
El miércoles 15 de abril, en seguimiento a dicho proceso, la Sala emitió una segunda resolución de seguimiento al hábeas corpus presentado en marzo y ordenó al Ejecutivo que cumpla con las medidas dictadas y aclaró que no se opone al cumplimiento de la cuarentena domiciliar, sino a las detenciones injustificadas.
Pero el Gobierno ha continuado realizando capturas por violar la cuarentena y ha estado emitiendo decretos Ejecutivos. El más reciente, el 19, ordena el decomiso de vehículos y que los «delegados de Salud» pueden entrar a cualquier vivienda del territorio salvadoreño porque la población está obligada a dejarlos entrar. Sin embargo, esto contradice el Artículo 20 de la Constitución que establece que la morada es inviolable.
La Sala señaló que «todos los decretos, acuerdos, órdenes y resoluciones que los funcionarios del Órgano Ejecutivo emitan, excediendo las facultades que esta Constitución serán nulos y no deberán ser obedecidos”.
El documento de la Sala, establece que: El director de la PNC, el ministro de Defensa y el Ministerio de Salud tienen cinco días hábiles para elaborar un listado de las personas privadas de libertad por violar la cuarentena domiciliar y enviarlo en las siguientes 24 horas a la Sala y la información se mantendrá en reserva.
Además tienen el mismo plazo para presentar a la Sala otro listado de los que hasta la fecha han sido retenidas por violar la cuarentena y liberados o llevados a guardar cuarentena a sus casas.
Asimismo, todos los que están confinados en centros de contención debe entregárseles por escrito las razones de su confinamiento, el nombre del funcionario o autoridad que participó en el acto y entregar una copia de ese documento a una persona de confianza designada por el confinado.
El ministro de Salud tiene tres días hábiles como máximo para presentar a la Sala la lista completa con nombres, cargos y centros de contención de las personas que están administrando o son responsables de dichos lugares.
Por su parte, el procurador para la Defensa de los Derechos Humanos verificará que se cumplan las medidas cautelares y enviará un informe cada cinco días hábiles y mientras duren las acciones del Gobierno con relación a la pandemia por covid-19.
Además, el Presidente de la República y las autoridades de la PNC tienen prohibido privar de libertad en forma de confinamiento o internamiento sanitario forzoso a las personas que incumplan la orden de cuarentena domiciliaria mientras la Asamblea Legislativa no emita una ley formal.
La Sala deja claro que sus resoluciones «no son peticiones, solicitudes ni meras opiniones sujetas a la interpretación o valoración discrecional de las autoridades a quienes se dirigen, sino que se trata de órdenes de obligatorio cumplimiento». Aclara que las órdenes de la Sala «no pueden ser incumplidas, irrespetadas, tergiversadas ni manipuladas para evadir los mandatos».
A pesar de todo lo anterior, el Presidente Nayib Bukele sostiene que no acatará la resolución de la Sala de lo Constitucional. Ante esta negativa, la Sala recordó que todo poder civil o militar está sometido al derecho, a la Constitución y a la ley.
Luego de todo este abuso de poder de parte del Ejecutivo, y según el artículo 92 de la Constitución, le corresponde al fiscal general «promover el enjuiciamiento y castigo de los indiciados por delitos de atentados contra las autoridades, y de desacato». Hasta el momento, el fiscal general Raúl Melara dijo este jueves que la Fiscalía «se mantendrá siempre como garante de la legalidad». Habrá que esperar mañana o en los próximos días cuál es la resolución de la Fiscalía General ante esta violación a la ley por parte del Ejecutivo y especialmente de parte del Presidente Nayib Bukele.







