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Nacionales

Sala de lo Constitucional deja en suspenso la reforma al reglamento de la LAIP

La Sala de lo Constitucional de la Corte Suprema de Justicia dejó en suspenso una serie de reformas efectuadas por Nayib Bukele que debilitan el acceso de los salvadoreños a la información generada por el gobierno, según expusieron los ciudadanos que promueven el proceso.

Bukele aprobó reformas al reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) contenidas en el Decreto Ejecutivo 34, emitido el 26 de agosto de 2020.

Ante esta acción, la abogada Ruth Eleonora López denunció que tales modificaciones “vulneran la autonomía del Instituto de Acceso a la Información (IAIP) al darle más poderes al presidente de esa entidad versus los demás miembros. Además se reforma el proceso de controversia o proceso para liberar información “reservada” u oculta, así como quita requisitos para ser comisionado de ese organismo”.

La Sala resolvió este martes que “ha lugar la medida cautelar solicitada” por los demandantes, es decir, se congela la vigencia de las reformas hasta que el máximo tribunal emita una sentencia definitiva.

“En consecuencia, se suspende la vigencia de los artículos 1,2 y 6 del Decreto Ejecutivo número 34, de 26 de agosto de 2020, que contiene Reformas al Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública. Esto por el tiempo que dure el trámite de este proceso”, dice el fallo.

“Durante ese lapso, las reformas no tendrán vigor, sino que lo tendrá el texto del Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública previo a las modificaciones que introducen”, enfatizó.

Bukele aprobó reformas al reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública (LAIP) contenidas en el Decreto Ejecutivo 34, emitido el 26 de agosto de 2020.

Ante esta acción, la abogada Ruth Eleonora López denunció que tales modificaciones “vulneran la autonomía del Instituto de Acceso a la Información (IAIP) al darle más poderes al presidente de esa entidad versus los demás miembros. Además se reforma el proceso de controversia o proceso para liberar información “reservada” u oculta, así como quita requisitos para ser comisionado de ese organismo”.

La Sala resolvió este martes que “ha lugar la medida cautelar solicitada” por los demandantes, es decir, se congela la vigencia de las reformas hasta que el máximo tribunal emita una sentencia definitiva.

“En consecuencia, se suspende la vigencia de los artículos 1,2 y 6 del Decreto Ejecutivo número 34, de 26 de agosto de 2020, que contiene Reformas al Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública. Esto por el tiempo que dure el trámite de este proceso”, dice el fallo.

“Durante ese lapso, las reformas no tendrán vigor, sino que lo tendrá el texto del Reglamento de la Ley de Acceso a la Información Pública previo a las modificaciones que introducen”, enfatizó.

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