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Nacionales

La Comisión de Legislación acordó reconocer como delito el “tocamiento impúdico” a menores de edad

Por unanimidad la Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales de la Asamblea Legislativa acordó este lunes elaborar un dictamen favorable para modificar el Código Penal, y reconocer como delito de agresión sexual el “tocamiento impúdico” a menores de edad.

El delito sería penado hasta con 12 años de cárcel y cuando se trate de un agente de seguridad, funcionario, empleado público la pena será agravada y este será inhabilitado de su cargo.

Eduardo Jaime Escalante acusado de tocar a una menor de edad.

El acuerdo busca modificar los artículos 160 y 161 del Código Penal. Con el acuerdo, el artículo 160 establecería que: “El que realizare tocamientos impúdicos aprovechándose del descuido o mediante engaño en aglomeraciones públicas, lugares públicos o privados incurrirá en la pena descrita en el inciso anterior”. O seauna pena de 3 a 6 años-. En el caso del apartado 161, consignará una pena de 8 a 12 años de cárcel cuando la agresión se realice a un menor de 15 años.

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Por unanimidad #CLegislacionAL aprueba reforma al art. 160 del Código Penal para tipificar como delito el tocamiento impúdico.  También se aprobó una reforma el art. 161 para castigar con una pena de 8 a 12 años a quienes incurran en este delito contra menores de 15 años.

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“Estamos dando una herramienta más a la población para combatir el flagelo de los delitos contra la libertad sexual. Como Asamblea Legislativa estamos escuchando la opinión de la ciudadanía y trasladándola a una legislación que va servir para el combate de este tipo de agresiones”, dijo el diputado de ARENA, René Portillo Cuadra.

Unas 150 personas protestan por el fallo que favorece a magistrado Eduardo Jaime Escalante Díaz, acusado de tocar en sus partes íntimas a una menor de edad.

“Queremos decirle a los padres y madres que como Asamblea Legislativa nos hemos comprometido más al proteger a sus niñas y niños de todos estos depredadores, de estas personas que andan en las calles queriendo cometer delitos contra la libertad sexual de personas y sobre todo de niños, niñas y adolescentes”, señaló por su parte el parlamentario del FMLN, Javier Valdéz.

También se acordó crear el Artículo el 174-B, encaminado a inhabilitar, de forma especial del cargo, cuando se trate de funcionarios o empleados públicos, además de aumentar la pena al que realizare tocamiento impúdico; por otra parte se consensuó la derogación del numeral 4 del artículo 392 el cual establecía que el “tocamiento” es una falta o actos contrarios a las buenas costumbres y decoro, y no un delito.

Diputados de ARENA solicitan reformas al Código Penal para incluir los “tocamientos impúdicos”

Y la fracción legislativa de ARENA presentó una pieza de correspondencia en la que solicitaron reformas al Código Penal para incluir los “tocamientos impúdicos” como delito de agresión sexual y penarlo hasta con 12 años de prisión.

“Actualmente la normativa estipula una pena de 3 a 6 años de cárcel por ‘cualquier agresión sexual que no sea constitutiva de violación’, pero no es específica en casos donde se de este tipo de acción, mientras que el tocamiento impúdico sólo es catalogado como una falta relativa”, explicó la parlamentaria tricolor, Marcela Villatoro.

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