La Ley de Minería Metálica inició su vigencia el 7 de enero
Nayib Bukele sancionó la Ley General de Minería Metálica, con lo que se deroga la prohibición de la minería metálica en territorio salvadoreño.
Con esta sanción la ley de minería metálica inició su vigencia 15 días después, o sea el martes 7 de enero de 2025.
La ley permite la exploración, explotación y extracción de metales, así como toda actividad minera metálica, en el suelo y subsuelo y en el dominio marítimo de El Salvador, sin necesidad de concesión aprobada por la Asamblea Legislativa.
La institución encargada de regular estas actividades será la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas (DEHM) –que tendrá una Dirección de Minas (DM)– pero el Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales (MARN) y la Autoridad Salvadoreña del Agua (ASA).
Ellas serán las encargadas de “preservar el recurso hídrico” y de que se cumplan “las condiciones medioambientales”.
La explotación minera podrá ser realizada únicamente por el Estado, pero podrá hacerlo “a través de sociedades en la que posea participación accionaria y de economía mixta”. La ley no establece el mínimo de participación accionaria que deberá tener el Estado en estas sociedades.
La ley prohíbe expresamente el uso de mercurio, aunque no del cianuro. El resto de las sustancias deberán ser autorizadas por la Dirección de Minas.