Salario mínimo 2021 en Guatemala sin aumento y esta es la justificación del gobierno
El Ministerio de Trabajo publicó este 30 de diciembre en el diario de Centro América el acuerdo 250-2020 que establece el salario mínimo para las distintas actividades en el 2021.
Entre sus consideraciones señala que los efectos económicos y sociales de la pandemia por el covid-19 tienen una particular repercusión en sociedades como la guatemalteca.
Por ende es recomendable tomar decisiones y acciones que permitan que la política económica se oriente en forma efectiva a la recuperación de las capacidades productivas y la protección del empleo.
En ese sentido se deberá mantener los salarios mínimos vigentes con el acompañamiento de acciones para garantizar la aplicación efectiva de la ley y de esta forma su institucionalidad.
Establece que el salario mínimo para las actividades agrícolas se fija en Q11.27 por hora equivalente a Q90.16 diarios en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional para las jornadas mixta o nocturna.
Para los contratos de trabajo establecidos sobre una base horaria en las jornadas antes indicadas (diurna, nocturna o mixta), el salario mínimo será de Q11.27 por hora.
En ambos casos el salario antes establecido será aplicable a partir del uno de enero del 2021.
El salario mínimo para las actividades no agrícolas se fija en Q11.61 por hora equivalente a Q92.88 diarios en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional para las jornadas mixta o nocturna.
Explica que para los contratos de trabajo establecidos sobre una base horaria en las jornadas antes indicadas (diurna, nocturna o mixta), el salario mínimo será de Q11.61 por hora a partir del 1 de enero del 2021.
Mientras que el salario mínimo para la actividad exportadora y de maquila se fija en Q10.61 por hora equivalente a Q84.88 diarios en jornada ordinaria diurna de trabajo o lo proporcional para las jornadas mixta o nocturna.



