Jannah Theme License is not validated, Go to the theme options page to validate the license, You need a single license for each domain name.
NacionalesPolítica

Reforma redefine asignación presupuestaria de la Corte Suprema de Justicia

El artículo 248 de la Constitución será discutido y este jueves, día en el que el presidente del órgano legislativo convocó a sesión plenaria.

La Asamblea Legislativa aprobó una reforma constitucional que modifica la forma en que se define el presupuesto anual del Órgano Judicial, a partir de una propuesta presentada por la diputada de Nuevas Ideas, Alexia Rivas.

El cambio afecta el artículo 172 de la Constitución de la República y elimina la disposición que garantizaba a la Corte Suprema de Justicia una asignación mínima equivalente al 6 % de los ingresos corrientes del Estado. En adelante, el monto destinado al Órgano Judicial será determinado con base en las necesidades razonables que esta institución justifique cada año, bajo criterios de planificación y sostenibilidad fiscal.

Durante el análisis de la iniciativa, la legisladora Rivas subrayó que la reforma no implica una variación automática del presupuesto judicial, sino que busca armonizar su régimen financiero con el del resto de instituciones públicas. A su juicio, no resulta consistente que la Corte Suprema de Justicia sea el único órgano del Estado con una asignación porcentual fijada directamente en la Constitución.

La propuesta expone que el presupuesto público debe concebirse como una herramienta flexible, capaz de ajustarse a la realidad económica nacional y a los principios constitucionales que rigen la administración de los recursos públicos, especialmente el equilibrio entre ingresos y gastos. En ese contexto, se retoma criterio jurisprudencial de la Sala de lo Constitucional que reconoce dicho equilibrio como un principio de optimización y no como una regla inflexible.

El documento también plantea que, si bien la administración de justicia es una función fundamental del Estado, existen otras áreas prioritarias —como seguridad, salud y educación— que pueden requerir una mayor asignación de fondos según las circunstancias del país. Por ello, se considera más adecuado que el presupuesto del Órgano Judicial se defina anualmente con base en evaluaciones técnicas y en los análisis realizados por el Ministerio de Hacienda.

Con la reforma avalada por el pleno legislativo, el inciso cuarto del artículo 172 establecerá que el Órgano Judicial contará cada año con una asignación proveniente de los ingresos corrientes del presupuesto estatal, determinada conforme a las necesidades razonables que presente la institución.

Botón volver arriba