Asamblea aprueba ley que regula responsabilidad de profesionales de urbanización y construcción

La Asamblea Legislativa aprobó la Ley Especial de Responsabilidad Profesional para las Personas Sujetas a Inscripción en el Registro de Profesionales y Prestadores de Servicios de Urbanización y Construcción, que establece nuevas obligaciones para quienes participan en el planeamiento, diseño, ejecución, supervisión y mantenimiento de obras.
La normativa crea reglas para el funcionamiento del Registro de Profesionales y Prestadores de Servicios de Urbanización y Construcción, administrado por la Dirección de Ordenamiento Territorial y Construcción (DOT).
La inscripción y permanencia vigente en este registro será obligatoria para ejercer actividades relacionadas con proyectos de lotificación, urbanización y construcción.
El registro estará dividido en las categorías ambiental, auditoría urbana, construcción, cultural y tramitadores, e incluirá a profesionales, técnicos, especialistas, empresas de servicios profesionales y técnicos, así como auditores urbanos y tramitadores.
La directora ejecutiva de la DOT, María Paola Bardi de Acosta, explicó que la ley busca establecer una regulación integral sobre la responsabilidad técnica y profesional durante las diferentes etapas de una obra.
Qué obligaciones establece la aprobación de ley
Entre las obligaciones establecidas se encuentra acreditar formación académica y experiencia profesional, además de cumplir programas de actualización y formación continua.
Los profesionales también deberán firmar y sellar planos, estudios, bitácoras, dictámenes y memorias de cálculo, utilizando firma y sello electrónico certificados en los documentos presentados ante la DOT.
La legislación establece responsabilidad técnica por deficiencias, omisiones o incumplimientos atribuibles a la gestión profesional. También exige garantizar la calidad de los materiales utilizados y cumplir las normas de seguridad y gestión de riesgos.
Las infracciones serán clasificadas como leves, graves y muy graves. Las sanciones van desde multas de hasta un salario mínimo mensual del sector comercio y servicios para las faltas leves, hasta multas de entre cuatro y 20 salarios mínimos para las infracciones muy graves.
Ejercer sin estar inscrito en el registro, utilizar materiales que incumplan las especificaciones de calidad y ocasionar daños, lesiones o muertes, así como presentar documentación técnica falsa o sin sustento, figuran entre las infracciones consideradas muy graves.
La DOT podrá realizar inspecciones en todo el territorio nacional para verificar el cumplimiento de la ley. Las sanciones administrativas no impedirán que también se determinen responsabilidades civiles o penales cuando corresponda.
La normativa contempla además un período transitorio de seis meses desde su entrada en vigencia. Una vez concluido, los nuevos trámites de permisos de construcción y lotificaciones deberán ser ingresados mediante tramitadores debidamente registrados.
El decreto entrará en vigencia ocho días después de su publicación en el Diario Oficial.



