Asamblea aprueba reforma para eliminar deuda política

Con 57 votos, el pleno ratificó la eliminación del artículo 210 de la Constitución de la República, que amparaba la deuda política. Es decir, el mecanismo de financiamiento con el que el Estado garantizo, por décadas, el financiar parte del funcionamiento de los partidos políticos, específicamente sus campañas en tiempos electorales.
El presidente de la Asamblea Legislativa, Ernesto Castro, comunicó que esta ratificación obedece a lo que han pedido los salvadoreños. Basicamente «Eliminar la deuda política». Sin embargo, en ocasiones anteriores el diputado también habría estado en desacuerdo con la medida, al ser consultado por periodistas, hasta que finalmente habría cambiado de decisición con el apoyo público del mismo presidente de la República, Nayib Bukele.
«Hemos llevado paso a paso lo que la Constitución de la República nos manda. Nosotros, cumpliendo con la Constitución de la República, este día estamos ratificando lo que se hizo la semana anterior (…) y será un hecho lo que el pueblo nos ha pedido», indicó el diputado presidente del organo de Estado.
Por su parte el diputado, Francisco Lira, de la Alianza Republicana Nacionalista (ARENA), quien les preguntó a los oficialistas y sus aliados. «¿Se dan cuenta lo que están haciendo? Esta ratificación es ilegal y populista tuvo que haberse hecho la modificación en una legislatura y la ratificación en la otra», aseguró.
Por su parte Castro reaccionó alegando que la pregunta no debió habersela hecho a él, sino al pueblo salvadoreño, con respecto a si el pueblo desea «seguir manteniendo a partidos políticos».
Dicha ratificación de la derogatoria del artículo 110 de la Constitución se aprobó con 57 votos a favor, la mayoría de Nuevas Ideas y sus aliados. El primer paso para la eliminación del articulado fue dado el 12 de febrero de este 2025, en la sesión plenaria 43, cuando 58 parlamentarios tomaron dicha decisión y, como lo indica el inciso segundo del artículo 248 de la Constitución, esta debe ser ratificada.