Estas serán las multas tras la reforma a Ley de Transporte Terrestre
Tras los últimos movimientos en seguridad víal dentro de la Asamblea Legislativa de El Salvador, al menos 55 parlamentarios dieron sus votos para reformar la Ley de Transporte Terrestre, Tránsito y Seguridad Vial.
Esta tarde, ya los diputados habían reformado el Código Penal, con el objeto de ampliar los supuestos de hecho que tipifican el delito de conducción peligrosa de vehículos automotores, los medios probatorios para su acreditación e incrementar el régimen de pena, lo cual va en plena sintonía con la reforma de la Ley de Transporte.
Estos cambios incrementará el costo de infracciones en general. Así mismo la severidad en los castigos penales contra accidentes relacionados a manejar bajo estado de ebriedad o por influencia de drogas.
https://twitter.com/AsambleaSV/status/1870211012537844018
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Así quedarían las multas más importantes:
MULTAS GRAVES
-No utilizar el cinturón de seguridad $100
-Permitir que acompañantes viajen sin cinturón de seguridad $100
-Detenerse sobre zonas de seguridad peatonal $100
-Circular vehículos de tracción humana o animal con ruedas metálicas por carreteras pavimentadas, conducirse por vías urbanas de gran circulación con tractores $100
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MULTAS LEVES
-Virar en U donde no es permitido $50 -No portar tarjeta de circulación $50
-Conducir vehículo como instructor de escuela de manejo sin carnet $50
-Circular con tarjeta de circulación vencida $50
-Conductor con licencia vencida $50 -Conducir con licencia extranjera fuera del tiempo reglamentario $50
-Conductor con licencia vencida $50
Respecto a que la Asamblea aprobó que todo nivel de alcohol se considere delito de conducción peligrosa, los detalles están configurados de la siguiente manera:
-De 2-5 años de prisión, para el delito de conducción peligrosa en vehículos comunes.
-De 5-10 años de prisión para el delito de conducción peligrosa en vehículos de transporte público y transporte de carga.
-Un máximo de 10 años de prisión cuando el delito de conducción peligrosa haya provocado un homicidio culposo por vehículos comunes.
-Un máximo de 15 años de prisión cuando el delito de conducción peligrosa haya provocado un homicidio culposo por transporte público y transporte de carga.
-Valor probatorio a las pruebas de alcoholemia, alcotest o antidoping.
El Observatorio Nacional de Seguridad Vial reportó que desde el 1 de enero hasta el 19 de diciembre hay al menos 19,677 accidentes, otros 11,558 lesionados y otros 1,252 fallecidos.
Si desea conocer todos los detalles de estas nuevas leyes, detenidamente, ingrese a este portal: Decreto_Cero_Alcohol.pdf