Hasta 12 años de cárcel por violación sexual y 30 años si agresor es pandillero

La Asamblea Legislativa podría aprobar aumentar las penas de cárcel por el delito de violación sexual, en el rango de 8 a 12 años y de 20 a 30 años si el agresor es miembro de maras o pandillas.
La Comisión de la Mujer e Igualdad de Género aprobó el dictamen favorable para reformar los artículos 158 y 162 del Código Penal, que actualmente establecen que la pena es entre 6 y 10 años para el delito de violación, y se aumenta en una tercera parte para la violación y la agresión sexual agravada.
En las conductas agravantes se agregaron otras situaciones, como cuando la víctima fuere mayor de 60 años de edad.
La reforma al artículo 158 solo se haría en la parte de los años de cárcel para los agresores y mantiene la definición de violación como “el que mediante violencia tuviere acceso carnal por vía vaginal o anal con otra persona” y será sancionado con prisión de 8 a 12 años.
De acuerdo a legisladoras de Nuevas Ideas, con ese incremento se dejaría similar a las penas que tienen otros países de la región. “En este caso, creo que es una buena oportunidad para que nuestro país pueda estar actualizando sus normativas”, dijo la diputada Alexia Rivas.
En la redacción del anteproyecto que se leyó en la sesión de la comisión del pasado viernes 6 de mayo también se estableció que cuando los delitos sean cometidos por miembros terroristas, maras, pandillas o de cualquier otra agrupación criminal a las que se refiere el artículo 1 de la “Ley de Proscripción de maras, pandillas, agrupaciones, asociaciones y organizaciones de naturaleza criminal” la pena a imponer será entre 20 a 30 años de cárcel.